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domingo, 6 de mayo de 2012

Los Impuestos En La Colonia durante los primeros años de la conquista


Durante los primeros años de la Conquista los tributos que se cobraron fueron relativamente pocos, en particular para fomentar el poblamiento del territorio.
Entre los tributos o impuestos que se los súbditos de la Corona española debían pagar estaba el diezmo; un tributo de corte eclesiástico con el que se financiaban los gastos del culto y afectaba a la décima parte de la producción agropecuaria. Otro impuesto era el quinto real, que correspondía a la quinta parte de la producción de oro; sin embargo, en la etapa periodo inicial de este periodo, este tributo no se pagaba por completo sino que sólo una fracción de él.
A medida que los españoles consolidaban su presencia en Chile, se fueron aplicando una serie de impuestos como la alcabala y el almojarifazgo. La alcabala se debía cancelar cuando se realizaban transacciones comerciales; el almojarifazgo era un arancel aduanero. Otro tipo de tributos fue el que correspondía al papel sellado y que obligaba a que todos los trámites de carácter oficial fueran consignados en hojas de papel que llevaban estampado un sello y que poseían un valor determinado. La Corona española, además, aplicaba impuestos a los extranjeros que residían de forma ilegal en sus colonias. Aparte de los tributos sobre determinados eventos, el aparato administrativo colonial contaba con otras fuentes para recaudar recurso; una de ellas es la denominada bula de cruzada, y que consistía en una autorización para comer carne los días viernes, no obstante, era de carácter voluntario.
Así como la Corona aplicaba toda la serie de tributos que acabamos de describir, también existían prácticas para evitar el pago de las imposiciones; ello llevó a los oficiales reales encargados de cobrar el diezmo a denunciar frente al Cabildo de Santiago a algunos vecinos que mentían sobre sus propiedades para no pagar aquel tributo. Una situación similar ocurría con el pago del quinto real, puesto que a pesar de que la única fundición de oro autorizada era de propiedad del rey, existían varias fundiciones privadas ilegales; la consecuencia de esta práctica era la evasión del quinto real ya que el oro en polvo que circulaba lo hacía sin tributar.

3 comentarios:

  1. muy buena la información,pese a todo rescato el que se sintetizo la información justa y necesaria :D

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  2. Excelente entrada con bastante material de estudio... Gracias :D!

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